Retenciones

Retenciones: errores comunes y el listado (ver compra, editar e imprimir)

2 min de lectura Actualizado el 05 de October, 2026

Retenciones: errores comunes y el listado

El comprobante de retención se emite sobre una compra o una factura de un proveedor, dentro del plazo que exige el SRI. Estos son los avisos y errores más frecuentes al hacerla, y qué puedes hacer desde su listado.

«La fecha de emisión no puede ser mayor a 4 días de la fecha del documento de sustento»

Causa: por norma del SRI, la retención se debe emitir dentro de los 4 días siguientes a la fecha de la factura o compra que retienes; tampoco puede tener una fecha futura.

Solución: ajusta la fecha de la retención para que no se aleje más de 4 días de la fecha del documento de sustento. Si ya pasaron esos 4 días, consulta con tu contador cómo regularizarlo, porque cambiar la fecha de emisión de la factura cambia también la autorización de la factura ante el SRI.

«Existe otra retención para esa Factura la retención numero …»

Causa: esa factura o compra ya tiene una retención hecha (el sistema muestra el número de la retención existente).

Solución: no se puede retener dos veces el mismo documento. Si la retención anterior está mal, anúlala primero (dentro del plazo del SRI) y recién ahí emite la nueva.

«Falta la cuenta contable» al elegir un código de retención

Si llevas el módulo de contabilidad, al elegir el código de retención el sistema avisa de inmediato si ese código todavía no tiene una cuenta contable asignada, con un enlace directo a Abrir Automatizaciones para completarla.

💡 El aviso no te deja seguir sin resolverlo: al guardar la retención, si la cuenta contable sigue sin asignar, el sistema bloquea el guardado hasta que la configures en Automatizaciones.

El listado de retenciones

En Comprobantes Electrónicos → Retención → Todos, cada retención tiene en Acciones:

  • Ver Compra: abre la compra o factura de sustento.
  • Editar: disponible mientras no esté Autorizada o Anulada (Borrador, Devuelta, No Autorizada…).
  • Imprimir: el formato A4 del comprobante de retención.

Reenviar el correo al proveedor, volver a generar el PDF, anular o eliminar una retención se hacen desde Documentos Enviados SRI, igual que con los demás comprobantes.

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